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La Oficina de Planificación y Desarrollo (OPD) conforme al literal “a” del Artículo 72 de la Ley General de Educación, tendrá a su cargo el conjunto de acciones del Ministerio de Educación tendiente a investigar, preparar, sustentar y proponer los planes de desarrollo destinados a garantizar una mejora continua del Sistema Educativo Dominicano.
 
La Oficina de Planificación Educativa funcionará adscrita al Despacho del Ministro, y estará conformada por tres direcciones; podrá además conformar equipos de trabajo para temas puntuales que no ameriten de estructuras permanentes.